Por: Lic. Jonatan J. Ravelo González
El Senado dio un paso histórico al aprobar la primera y segunda lectura del proyecto del nuevo Código Penal, compuesto por 413 artículos y caracterizado por la incorporación de tipificaciones modernas y penas más severas.
Estas innovaciones son indudablemente necesarias para modernizar un marco penal que databa de 1884 (originalmente basado en Napoleón); sin embargo, plantean desafíos significativos tanto en su aplicación práctica como en su impacto social.
El proyecto excluye las tres causales de despenalización del aborto (riesgo para la madre, violación/incesto, malformaciones incompatibles con la vida) y mantiene la penalización del aborto hasta con 3 años de prisión. Sectores feministas han calificado el resultado como un “retroceso disfrazado de modernidad”, hablando de un “Código Penal de la vergüenza”.
Como litigante penalista, valoro positivamente el impulso hacia una legislación penal más comprensiva y actualizada, capaz de tipificar claramente conductas delictivas contemporáneas y de fortalecer la lucha contra la impunidad. Asimismo, la adopción de penas alternativas y de responsabilidad corporativa refleja una visión bien pensada del sistema penal del siglo XXI. Es oportuno señalar que la omisión de las causales deja un vacío normativo que continúa siendo materia de discusión pública y política. Cualquiera sea la posición que se adopte, este es un tema que requerirá en algún momento una solución legislativa clara, que equilibre la protección de la vida, la autonomía de la mujer y el respeto al marco constitucional.